domingo, 11 de noviembre de 2007

Antecedentes del juicio de amparo

El juicio de amparo se ha consagrado como la Institución Jurídica Mexicana por excelencia, desde la fecha en que fue creado en Yucatán, por el ilustre jurista: Manuel Cresencio García Rejón y Alcalá, como consecuencia de la adopción del centralismo como sistema de Estado; se ve en la necesidad de elaborar un documento constitucional en las que se establezcan las bases de la organización del nuevo estado independiente, encomendándose esta tarea al Congreso, respectivo y designándose como redactor del proyecto, quién presenta a discusión su obra el día 24 de Diciembre de 1840, siendo aprobada el día 31 de marzo de 1841. Esa es pues la fecha de nacimiento del Juicio de Amparo, que fue creado como un medio integro de control constitucional, es decir, su finalidad era la protección de todo el ordenamiento constitucional. Otro de los pilares para la incorporación del amparo dentro del texto de la carta magna fue Don Mariano Otero Mestes.
Para el año de 1856 con un nuevo congreso reunido para expedir otra constitución, se mantiene el amparo como medio de control constitucional, encargado de retener la esfera jurídica de los gobernados, al admitirse a dicho juicio como un proceso a través del cual se impugnaban los actos de autoridades que lesionarán al individuo por ser actos contrarios al texto constitucional en lo relativo a las garantías individuales, sin que se haga procedente dicha acción contra cualquier acto de autoridad que viole o vulneré la constitución en cualquiera de su precreación del amparo uni-instancial o directo, así como la reglamentación del amparo en forma más amplia que la establecida en 1857, dedicándose a ello el artículo 107, en el que se contienen todos los principios fundamentales del juicio del juicio de garantías, bajo la vigencia de esta constitución han estado en vigencia dos leyes reglamentarias de amparo que son la primera de fecha 18 de octubre de 1919, y la segunda emitida el día 10 de enero de 1936, que es la que actualmente rige a este medio de control constitucional, fue en 1849, cuando se dicto la primera sentencia de un Juicio de amparo, lo cual sucedió en San Luis Potosí, siendo Juez de Distrito Don Pedro Zamano.

Calificación: 8 bastante amigable.

JOEL MEDINA HERNÁNDEZ. Amparo Laboral.Universidad Abierta. Noviembre 10,07. http://www.universidadabierta.edu.mx/Biblio/M/Medina%20Joel-Amparo.htm

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